SIGIM. Guia de procedimiento para letrados.

Con la entrada en vigencia de la nueva plataforma digital SIGIM (Sistema Informatizado de Gestión Integral de la Mediación Prejudicial Obligatoria), todos los trámites relativos a las audiencias y la suscripción de documentación se canalizan de manera digital y remota.

Con el propósito de optimizar los tiempos de gestión conjunta, simplificar la tarea de las partes y coordinar nuestras próximas audiencias virtuales, ponemos a su disposición esta guía de procedimientos técnicos de nuestro estudio:

1. Registro e Ingreso al Sistema (Onboarding Profesional)

  • Acceso al Portal: Ingrese al Portal de Mediación del Ministerio de Justicia a través del enlace: mediacion.jus.gob.ar.
  • Autenticación Biométrica Obligatoria: El acceso general para profesionales se efectúa de modo exclusivo mediante verificación facial. En la pantalla principal, seleccione la opción «Iniciar Reconocimiento Facial».
  • Validación con dispositivo móvil: Escanee el código QR en pantalla utilizando la aplicación MIA ID desde su teléfono celular para confirmar fehacientemente su identidad profesional.

2. Optimización de Carga y Sorteos

Al dar inicio a un trámite de mediación rellenando los campos solicitados en el formulario web del portal (Paso 1 al 6: Designación, Caso, Requirentes, Letrados, Requeridos y Confirmación), el sistema replicará automáticamente la información en la base del MEPRE en el momento en que el mediador tome intervención, suprimiendo la necesidad de duplicar la carga manual de datos.

Servicio de nuestro estudio: Si lo desea, esta carga inicial la podemos realizar directamente desde Acevedo Abogados, para lo cual únicamente tendrá que enviarnos vía mail el formulario de datos de los participantes de la mediación.

3. Proceso de Firma Electrónica de Actas y Acuerdos

Una vez concluida la audiencia bajo la modalidad a distancia, el cierre formal del acta o acuerdo se instrumentará mediante firma electrónica dentro de la plataforma:

  1. Notificación: El sistema enviará de manera automatizada una notificación por correo electrónico a todos los participantes informando que el documento digital se encuentra disponible para su suscripción.
  2. Plazo Legal de Firma: Dispone de un término perentorio de tres (3) días hábiles iniciales para ingresar a la plataforma y estampar la firma.
  3. Procedimiento: Acceda al portal mediacion.jus.gob.ar, ingrese a la pestaña denominada «Actas Pendientes de Firma». Revise minuciosamente el texto digital mediante el botón «Ver Acta» y, en caso de conformidad, efectúe un clic sobre el casillero de verificación (check box) asignado a su nombre y representación.

⚖️ IMPORTANTE (Consecuencias por Omisión de Firma): Vencidos los 3 días iniciales sin registrarse la firma, el sistema remitirá un correo electrónico de intimación otorgando un plazo improrrogable de dos (2) días adicionales. La falta de suscripción injustificada dentro de dichos plazos configurará la incomparecencia injustificada de la parte, resultando aplicables las penalidades y multas previstas en el artículo 28 de la Ley N° 26.589.

📞 Datos de Contacto y Soporte Técnico

Ante cualquier inconveniente o duda técnica con la plataforma del Ministerio, puede recurrir al correo oficial de soporte general: mesadeayudasigim@jus.gob.ar (Teléfono: 5300-4000, Interno 76677).

Para el inicio de causas, envío de formularios y coordinación de audiencias en nuestro estudio, quedan habilitados nuestros canales institucionales habituales.