Sentencia Corte di Cassazione (N° 24045/2026): Resolución Definitiva sobre «Minor Issue” o «Asunto del Menor»

Compartimos un análisis sobre la reciente y trascendental Sentencia N° 24045/2026 de las Secciones Unidas (Sezioni Unite) de la Corte Suprema de Casación de Italia (publicada el 26 de julio de 2026), la cual fija un criterio definitivo a favor de miles de familias, fundamentalmente en Latinoamérica.

¿De qué trata esta sentencia y por qué es tan relevante?

Durante los últimos años, algunas decisiones judiciales e interpretaciones restrictivas de la Ley N° 555/1912 sostenían que si un progenitor italiano se naturalizaba en el extranjero mientras su hijo era menor de edad, dicho menor también «perdía» de forma automática la ciudadanía italiana por arrastre (aplicando de forma equívoca el art. 12).

Con la Sentencia N° 24045/2026, las Secciones Unidas de la Corte de Casación (el máximo órgano jurisprudencial de Italia) se ha resuelto esta controversia imponiendo la doctrina correcta y vinculante:

El principio ratificado: El hijo nacido en el extranjero que adquirió al nacer la ciudadanía del país de nacimiento por ius soli (como ocurre en Argentina, Venezuela, Brasil, EE.UU., etc.) y la ciudadanía italiana por ius sanguinis, mantiene la ciudadanía italiana de forma ininterrumpida, aunque su progenitor se haya naturalizado posteriormente mientras él era menor de edad.

Los 4 Puntos Clave del Fallo 24045/2026

  • Protección de la Bipatrida Originaria (Art. 7, Ley 555/1912):

El hijo nacido con doble ciudadanía (ius sanguinis e ius soli) solo pierde la ciudadanía italiana si, al alcanzar la mayoría de edad o emanciparse, realiza una renuncia explícita y voluntaria. La naturalización posterior de su padre o madre no le priva de la ciudadanía italiana.

  • Inaplicabilidad del Art. 12 a los Menores con Doble Ciudadanía por Nacimiento:

El artículo 12 de la Ley 555/1912 (que contemplaba la pérdida de ciudadanía de los hijos) se aplica únicamente a quienes tenían exclusivamente la ciudadanía italiana. No aplica a los nacidos en países con ius soli que ya poseían otra ciudadanía desde su nacimiento.

  • Plena Igualdad entre Madre y Padre:

En armonía con los fallos del Tribunal Constitucional (N° 87/1975 y 30/1983), esta protección aplica con total equidad tanto a la línea de transmisión paterna como a la materna.

  • Seguridad Jurídica para los Procesos en Trámite:

La Corte confirmó que las demandas iniciadas judicialmente antes del 27 de marzo de 2025 quedan regidas bajo el marco legal anterior más favorable, protegiendo los derechos adquiridos.

¿Cómo impacta esto en tu trámite de Ciudadanía Italiana?

Si en tu árbol genealógico existía la traba de que tu antepasado italiano (AVO) se había naturalizado mientras su hijo era menor de edad, esta sentencia de las Secciones Unidas elimina definitivamente ese obstáculo legal y blinda la vía judicial para tu reconocimiento.

Este fallo abre una oportunidad clara y firme para miles de descendientes que veían trabados sus expedientes consulares o que habían recibido denegaciones injustificadas.

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