SIGIM. Guía para el ciudadano. Registro y firma digital de las actas de mediación.

Con la puesta en marcha del nuevo Sistema Informatizado de Gestión Integral de la Mediación Prejudicial Obligatoria (SIGIM) dispuesto por el Ministerio de Justicia de la Nación, la participación y firma en los procesos de mediación a distancia se realiza de forma totalmente digital.

Para acompañar a nuestros clientes en esta transición, desde Acevedo Abogados, les compartimos este instructivo detallado con todo lo que necesitan saber para registrarse y firmar desde su hogar de manera válida y sencilla:

Paso 1: Requisitos previos antes de comenzar

Antes de iniciar su proceso de alta en el sistema, le sugerimos tener a mano los siguientes elementos:

  • Su DNI físico en tarjeta: Debe ser obligatoriamente el último ejemplar tramitado y vigente.
  • Un teléfono celular: Con cámara de fotos operativa y conexión estable a Internet.
  • Espacio adecuado: Ubicarse en un ambiente que cuente con buena iluminación (natural o artificial).

Paso 2: Registro Inicial de Identidad (Onboarding)

  1. Ingreso: Desde el navegador web de su teléfono móvil o computadora, acceda al enlace oficial: mediacion.jus.gob.ar.
  2. Formulario de Bienvenida: Complete los campos obligatorios exactamente como figuran en su documento de identidad: País, Tipo y Número de Documento, Género y Fecha de Nacimiento.
  3. Fotografía del DNI: El sistema activará la cámara de su dispositivo. Siga las instrucciones en pantalla para tomar una captura clara del frente de su DNI y, posteriormente, una del dorso (evite reflejos de luz y sombras sobre el plástico).
  4. Validación Facial (Selfie): Coloque el celular de frente a su rostro a la altura de los ojos. Se mostrará un marco en la pantalla donde deberá centrar su cara mirando fijo a la cámara durante unos segundos. El sistema verificará de forma segura su identidad biométrica. (Nota: Si utiliza anteojos para leer, no es necesario que se los quite).
  5. Contacto: Para finalizar el alta, introduzca su dirección de correo electrónico válida y su número de teléfono celular actual. Al concluir, el sistema confirmará el alta con el mensaje «Usuario creado correctamente».

Paso 3: Procedimiento para la Firma del Acta o Acuerdo

Una vez concluida la audiencia virtual coordinada por nuestro estudio y en la que intervino junto a su abogado patrocinante, deberá registrar su firma electrónica en el documento de cierre:

  1. Recepción del Aviso: Recibirá una notificación automática en su casilla de correo electrónico informándole que el acta está lista para la firma. Recuerde que el plazo inicial otorgado por la ley es de tres (3) días hábiles.
  2. Acceso para Firma: Ingrese nuevamente a mediacion.jus.gob.ar realizando la verificación facial biométrica.
  3. Suscripción del documento: Diríjase a la pestaña «Actas Pendientes de Firma». Allí podrá visualizar el texto completo del acta. Tras constatar que la información es correcta, proceda a firmar haciendo un clic en el casillero de firma (cuadrado de verificación) situado junto a su nombre.

⚠️ RECOMENDACIÓN FUNDAMENTAL: Es de suma importancia cumplir con la firma electrónica dentro del plazo de 3 días (o de la intimación posterior de 2 días) para evitar que el sistema procese el trámite como una inasistencia («incomparecencia injustificada»), circunstancia que legalmente genera multas y penalidades económicas de consideración.